El derecho de la ciudadanía a conocer el estado de su entorno natural (comprendiendo información de tipo ecológica, administrativa, jurídica, socioeconómica, etc.) no es solo una aspiración política, sino también un mandato jurídico internacional vinculado a los derechos humanos fundamentales. En España, este mandato cristaliza a través del Convenio de Aarhus sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en asuntos medioambientales; la Directiva 2003/4/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2003, relativa al acceso del público a la información medioambiental y la Ley 27/2006 de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. Sin embargo, a pesar de contar con un marco legal robusto sobre el papel, la realidad administrativa muestra preocupantes grietas que ponen en entredicho el cumplimiento efectivo del acceso a la información ambiental.
El corazón de estas normas lo constituye el acceso proactivo y gratuito a la información ambiental. La Administración española, desde los ministerios hasta los ayuntamientos, está obligada a facilitar datos veraces, actualizados y de libre acceso. No obstante, informes de organizaciones ecologistas y del propio Comité de Cumplimiento de Aarhus han señalado reiteradamente la existencia de importantes fallos y lagunas en la aplicación de este convenio en España.
Artículo completo escrito por Carlos Javier Durá Alemañ investigador especializado en derecho de la biodiversidad y Fernando Valladares en The Conversation se puede leer completo aquí.


